CURSOS ENTRADAS Y REGISTROS
El precio original era: 60,00 €.30,00 €El precio actual es: 30,00 €.
CURSO ENTRADAS Y REGISTROS
¿Es domicilio una caravana?
¿Es posible el registro de un vehículo de transporte internacional con cabina-vivienda, sin autorización judicial?
¿Puede ser considerado en algún momento un vehículo como domicilio?
¿Es domicilio un local privado donde se reúnen jóvenes a realizar fiestas y ocasionalmente se pernocta?
¿Se puede considerar domicilio una vivienda a la que sus propietarios acuden dos semanas al año?
¿Cuál es el plazo para que se considere usurpación, la ocupación ilegal de una vivienda?
¿Se puede desalojar de una habitación de un hotel a un ocupa?
¿Y en un alquiler vacacional tipo Airbnb…?
¿Qué consecuencias tiene la realización de una entrada ilegal?
¿Se puede realizar una entrada y registro voluntaria?
La diligencia policial de entrada y registro es una de las más complicadas que deben llevar a cabo los cuerpos policiales. Si es motivo de controversia entre los mismo jueces y magistrados, una vez pasada la actuación, estudiada en frío y con todos los detalles sobre la mesa, nadie se imagina lo que supone tomar la decisión de «entrar o no entrar» en un inmueble en apenas unos segundos.
En estos enlaces, se pueden observar de forma clara las diferencias de interpretación entre los mismos tribunales, donde se vieron implicados muchos compañeros.
La Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto del delito de allanamiento de morada sin mediar causa legal de delito a los agentes de la Policía Nacional que el 21 de marzo de 2021 echaron abajo con un ariete la puerta de una vivienda en la madrileña calle de Lagasca donde catorce personas celebraban una fiesta que incumplía las restricciones establecidas para contener la propagación del covid, entre las que se encontraba la prohibición de reunión de personas no convivientes en lugares privados.
En resumen, recoge la sentencia, no se estaría ante un «delito flagrante que habilitara a los agentes policiales acusados a la entrada en el domicilio sin autorización judicial, no apreciándose la urgencia de la intervención policial, ya que no era necesaria para impedir la consumación de un delito, la huida de sus supuestos autores ni la desaparición de elementos o factos del delito».
No obstante esta decisión, ante la que cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, los magistrados mantienen los pronunciamientos absolutorios emitidos por la Audiencia Provincial respecto a ambos policías, al existir un error de tipo invencible en la actuación del agente con número profesional 123.360 y un error de tipo vencible en la del agente con número de carnet profesional 92.733.
Este curso, pretende clarificar muchos conceptos, que a menudo son confundidos en situaciones en la que puede ser necesaria una actuación inmediata en interior de un inmueble. Entre otros conceptos, se quiere dejar clara la diferencia entre entrada, registro, causas anexas y toda una serie de lecciones legales para llevar a cabo una correcta actuación policial ante este tipo de casuística. Siempre como debe ser, cumpliendo y haciendo cumplir la Ley.
Otro de los objetivos de este curso es que ningún compañero tenga que verse inmerso en un proceso judicial por haber intentado realizar su trabajo de forma eficiente.